La Constitución Dominicana Resumen Actualizado

La Constitución Dominicana

La Constitución Dominicana. La Constitución de la República Dominicana es la ley fundamental del país y establece la estructura y funciones del Estado, así como los derechos y deberes de los ciudadanos. La Constitución fue promulgada el 26 de enero de 2010 y ha sido modificada en varias ocasiones desde entonces.

Consta de un preámbulo y diecisiete títulos, que se dividen en capítulos y secciones que comprenden 277 artículos, así como veinte disposiciones transitorias.

Inicia con un preámbulo, que dice lo siguiente:

Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y Francisco del Rosario Sánchez, y de los próceres de la Restauración de establecer una República libre, independiente, soberana y democrática; inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros héroes y heroínas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesión social; declaramos nuestra voluntad de promover la unidad de la Nación dominicana, por lo que en ejercicio de nuestra libre determinación adoptamos y proclamamos la siguiente:

A continuación, se presenta un resumen actualizado de los principales aspectos de la Constitución de la República Dominicana:

  1. Estructura del Estado: El Estado dominicano es democrático, representativo, participativo y presidencialista. Se divide en tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, que son independientes y autónomos.
  2. Derechos fundamentales: La Constitución reconoce y garantiza una amplia gama de derechos fundamentales, incluyendo la vida, la libertad, la igualdad, la privacidad, la propiedad, la libertad de expresión y de reunión, la libertad religiosa, el debido proceso y la protección contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  3. Ciudadanía y nacionalidad: Establece las condiciones y requisitos para adquirir la ciudadanía y la nacionalidad dominicana, y reconoce el derecho a la doble nacionalidad.
  4. Elecciones y partidos políticos: Constituye las normas y procedimientos para la organización y celebración de elecciones libres, transparentes y equitativas, y reconoce el derecho a la participación política. Asimismo, regula la organización y funcionamiento de los partidos políticos.
  5. Organización territorial: Dispone la división territorial del país en provincias y municipios, y regula la organización y funcionamiento de las autoridades locales.
  6. Educación y cultura: La Constitución reconoce el derecho a la educación y la cultura, y establece la obligación del Estado de garantizar el acceso universal a una educación de calidad.
  7. Salud y seguridad social: Distingue el derecho a la salud y establece la obligación del Estado de garantizar la protección social y la seguridad social de todos los ciudadanos.
  8. Medio ambiente y recursos naturales: Declara el derecho a un ambiente sano y equilibrado, y reconoce la obligación del Estado de proteger y conservar los recursos naturales.
  9. Reformas constitucionales: La Constitución establece el procedimiento para llevar a cabo reformas constitucionales, que requieren la aprobación de una mayoría calificada de los miembros del Congreso Nacional.
La Constitución Dominicana

En resumen, la Constitución de la República Dominicana es una norma fundamental que establece las bases del Estado y la sociedad dominicana, y garantiza los derechos y deberes de los ciudadanos.

Finaliza con el siguiente texto, antes de las firmas del Presidente de la Asamblea Nacional Revisora y los diferentes representantes de cada provincia con sus cargos:

DADA Y PROCLAMADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en el Palacio del Congreso Nacional, sito en el Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, hoy día veintiséis (26) del mes de enero del año dos mil diez (2010); años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración.

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